PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD
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APOSTILLA DE LA HAYA
 

La República Argentina y el Reino de España son signatarios de la Convención de La Haya de 1961 por la cual se suprime la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros.

Por lo tanto, los documentos públicos de cualquiera de los países -legalizados con la Apostilla de La Haya-  son plenamente váidos en el otro.

Paises signatarios de la Convención de la Haya 1961

 

Son documentos públicos:

a) los documentos emitidos por una autoridad o un funcionario perteneciente a un tribunal del Estado, inclusive los extendidos por un fiscal de justicia, un secretario o un oficial de justicia;
b) los documentos administrativos;
c) las actas notariales;
d) las certificaciones oficiales en documentos firmados por personas privadas, tal como la certificación del registro de un documento o de una fecha determinada y la autenticación de firmas en documentos de carácter privado.

La Convención no se aplica a los documentos extendidos por funcionarios diplomáticos o consulares. ni a los documentos administrativos relacionados directamente con una operación comercial o aduanera

 

DONDE AOPOSTILLAR

 

1 - En la República Argentina: 

 

  • Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto: Arenales 819, Ciudad de Buenos Aires
  • Colegios de Escribanos de las capitales de las provincias.
  • Cuando el documento ha sido expedido por autoridad provincial o municipal, deberá previamente legalizarse en el Ministerio del Interior.
Ministerio del Interior
Colegio de escribanos de la Argentina

 

2 - En España:

 

Tribunales Superiores de Justicia de España:

Andalucía: (Jurisdicción del Consulado en Cádiz) Pza. Nueva. 18014. Granada. Tfno. 958 00 26 02.

Aragón:


C/ Coso, 1. 50071. Zaragoza. Tfno. 976 20 84 00.

Asturias:


Plaza Porlier, s/n. 33071. Oviedo. Tfno. 98 52 11 996.

Baleares:


Plaça des Mercat, 12. 07071. Palma de Mallorca. Tfno. 971 72 12 39.

Canarias:


Pza. San Agustín, 6 Vegueta. 35071. Las Palmas de Gran Canaria. Tfno.   928 32 5000

Cantabria:


Avda. Pedro San Martín, s/n. 39071. Santander. Tfno. 942 35 71 18.

Castilla la Mancha:


C/ San Agustín, 1. 02071. Albacete. Tfno. 967 59 65 03.

Castilla y León:


Avenida de la Isla, 10. 09071. Burgos. Tfno. 947 200 909.

Cataluña:


Ps. Lluís Companys, 14-16. 08071. Barcelona. Tfno. 93 486 61 83.

Comunidad Valenciana:


C/ Palacio de Justicia, s/n. 46071. Valencia. Tfno.  96 387 8100.

Extremadura:


Plaza de la Audiencia,1. 10071. Cáceres. Tfno. 927 62 02 01.

Galicia:


Pza. Galicia, s/n. 15071. La Coruña. Tfno. 981 18 20 54.

La Rioja:


C/ Víctor Pradera, 2. 26071. Logroño. Tfno. 941 29 64 02.

Madrid:


Gral. Carlos Castaños, 1. 28071. Madrid. Tfno. 91 397 17 55.

Murcia:


Ronda de Garay, 5. 30071. Murcia. Tfno. 968 22 91 05.

Navarra:


C/ San Roque, 4.  31071. Pamplona. Tfno. 848 42 40 56.

País Vasco:

C/ Buenos Aires, 6. 48071. Bilbao. Tfno. 94 401 66 53.

Colegios de Notarios de España
Ministerio de Justicia de España   
 
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